La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos
Socioeconómicos (Sundde) publicó en la Gaceta Oficial N° 40.547 la
providencia administrativa que regula la fijación y marcaje del Precio
de Venta Justo (PVJusto) en los bienes y servicios comercializados en el
país.
En la norma se establece un plazo de 30
días continuos a los productores y 45 días continuos a los importadores a
partir de la publicación en Gaceta Oficial, para el marcaje del PVJusto
de los productos, bienes y servicios.
Con esta nueva prórroga (ya se había realizado una en noviembre) la
obligatoriedad de marcar los precios con la etiqueta PVJusto comenzará a
regir en 2015, en enero para los productores y en febrero para los
importadores.
En referencia al tipo de marcaje, éste debe ser impreso en el cuerpo del bien, con etiqueta autoadhesiva y en caso de imposibilidad de las anteriores, debe ser señalado a través de listas, anuncios, habladores y similares que permitan la fácil identificación del precio con el producto.
La providencia administrativa establece que en ningún caso se podrá marcar más de un precio en un mismo bien o servicio, removerse las etiquetas, tachar o enmendar el precio indicado originalmente, ni fijar en listas montos superiores a los marcados.
En el caso de encontrarse un producto con más de un precio, es de obligatoriedad venderlo al menor valor.
De detectarse enmiendas o tachaduras con precios de venta justos superiores a los marcados, los sujetos de aplicación serán objeto de sanciones de ley.
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