miércoles, 12 de noviembre de 2014

Las prohibiciones y sanciones de la Ley de Comercio Electrónico

La Ley entró en fase de consulta pública
  La Ley de Comercio Electrónico comenzará su consulta pública el próximo viernes, proceso que durará 15 días. En esta norma ya fue aprobada en primer discusión en la Asamblea Nacional. Luego de la consulta se someterá a la segunda discusión para su aprobación definitava.

El artículo 58 del proyecto, establece que "se prohíbe la oferta de bienes y servicios a través de tecnologías de
información, páginas web, internet, paginas sociales de los siguientes bienes y servicios:

1. Medicamentos
2. Sustancias prohibidas para su consumo o uso.
3. Bienes o servicios que inciten a la prostitución o pornografía.
4. Artículos de primera necesidad y de la cesta básica o aquellos sometidos a regulación de precios, así como los comercializados por cualesquiera de la redes de distribución de alimentos del Estado.
5. Artículos subsidiados por el Estado Venezolano antes de dos años de su adquisición.
6. Vehículos automotores antes de dos años de su adquisición.
7. Viviendas de interés social.
8. Artículos vencidos o en mal estado.
9. Cualesquiera otro bien o servicio prohibido en la Ley.

Adicionalmente, la Superintendencia Nacional para la Defensa de los derechos socio económicos (Sundde) será la encargada de aplicar las sanciones que establecen los artículos 59, 60 y 61.

Leer más en: http://www.elmundo.com.ve/noticias/tecnologia/internet/las-prohibiciones-y-sanciones-de-la-ley-de-comerci.aspx#ixzz3Iqx7wVVq

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