El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) establece normas para el ajuste contable de los contribuyentes que efectúen actividades bancarias, financieras, de seguros y reaseguros excluidos del sistema de ajustes por inflación, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.744 difundida este lunes,
“Los contribuyentes que realicen actividades bancarias, financieras, de seguros y reaseguros excluidos del sistema de ajustes por inflación, a los fines de la determinación del Impuesto Sobre la Renta, deberán utilizar como base de cálculo los valores históricos de los estados financieros, señala la normativa en su artículo 1.
Asimismo, los contribuyentes señalados en el artículo anterior, deberán realizar el reverso de los asientos contables de la partida de actualización al patrimonio contra todas aquellas partidas no monetarias.
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