jueves, 4 de diciembre de 2014
Aumentan tope del crédito al consumo a Bs. 1,9 millones
Los préstamos al consumo ya no tendrán como monto tope 7.500 Unidades Tributarias (UT) que equivalen a Bs. 952.500. Ahora la ordenanza legal eleva el máximo a 15.500 UT, es decir, 1.968.500 bolívares, de acuerdo con la reforma de la Ley de Instituciones del Sector Bancario.
El cálculo de este monto se fija bajo la unidad tributaria que en la actualidad es de 127 bolívares. Estos créditos a corto plazo para la compra en establecimientos comerciales y cuyo pago se hace en cuotas consecutivas están establecidos en las modificaciones de la normativa que reúne 274 artículos en Gaceta Extraordinaria 6.154 del referido texto jurídico.
La medida supone que las compras con tarjeta de crédito podrán alcanzar ese monto máximo, lo cual eleva la capacidad para la adquisición de bienes al hacer uso de los llamados extra crédito, que es el préstamo adicional para adquirir bienes y servicios que no afecta el límite crediticio del plástico. Esto se hace de acuerdo con la capacidad de pago y perfil crediticio del cliente.
Los préstamos a corto plazo son aquellos que deben ser cancelados en un lapso máximo de cinco años, que incluye el financiamiento para la compra de vehículos, mientras los de mediano plazo tendrán una vigencia de 10 años y los de largo plazo, que superan la década.
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