VEN-NIF GE, correspondientes a las normas o principios
de contabilidad aplicables a las Grandes Entidades y están conformados
por los Boletines de Aplicación de los VEN-NIF (
BA VEN-NIF),
que deben ser aplicados conjuntamente con las Normas Internacionales de
Información Financiera (NIIF completas). Las NIIF completas incluye las
Normas Internacionales de Contabilidad (
NIC) y sus interpretaciones (
SIC) emitidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (
IASC) entre los años 1973 y 2001; y las Normas Internacionales de Información Financiera (
NIIF) y sus interpretaciones (
CINIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (
IASB) a partir del año 2001. La aplicación de los
VEN-NIF GE es obligatoria en las Grandes Entidades, para los ejercicios económicos que se iniciaron a partir del 01 de enero de 2008.
VEN-NIF PYME, correspondientes a las normas o
principios de contabilidad aplicables a las Pequeñas y Medianas
Entidades, conformados por los Boletines de Aplicación de los VEN-NIF (
BA VEN-NIF),
que deben ser aplicados conjuntamente con la Norma Internacional de
Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (
NIIF para las PYMES), emitida por el
IASB en el año 2009. La aplicación de los
VEN-NIF PYME
es obligatoria en las Pequeñas y Medianas Entidades, para los
ejercicios económicos que se iniciaron a partir del 01 de enero de 2011.