miércoles, 6 de mayo de 2015

Sundde incluye el salario en la estructura de costos



El superintendente de Precios Justos, Andrés Eloy Méndez, aseguró que el ente encargado de regular y establecer los Precios Justos incluye dentro de la estructura de costos el cálculo del aumento del salario mínimo.  Méndez expresó que  lo primero que valoramos en la Sundde dentro de la estructura de costos es el salario, e inclusive, para fijar precios regulados este es uno de los ítems fundamentales que se respeta”, según una nota de prensa del ente. Calificó de “incongruentes e ignorantes” las declaraciones del presidente de Fedecámaras, Jorge Roig, en donde aseguró que el organismo no considera los aumentos salariales al momento de analizar y fijar los precios. “Esas declaraciones no obedecen a la realidad venezolana. Es una muestra de falta de coherencia y no poder atacar al Gobierno que históricamente ha protegido el salario de la familia venezolana, por lo que las rechazamos categóricamente”, afirmó Méndez. 

El superintendente de Precios Justos destacó que la Ley Orgánica de Precios Justos establece el salario como parte de la estructura de costos, normativa que se cumple en todas las actuaciones de la institución. “Desde la Sundde siempre se ha respetado el salario como un costo, está en nuestra leyes, en nuestra normativa, pero también está en nuestro quehacer diario”, resaltó el defensor de los derechos socio económicos. Cabe destacar que la Superintendencia de Precios Justos tiene por objeto asegurar el desarrollo armónico, justo, equitativo, productivo y soberano de la economía nacional, garantizando a la familia venezolana el acceso a los bienes y servicios a precios justos con el fin de proteger el salario de los trabajadores. En otro sentido, otras fuentes han señalado que las empresas han venido cumpliendo con el marcaje de los precios justos, aunque se mantienen las fiscalizaciones. 

Otros factores

Para calcular los precios justos, la Sundde toma  en cuenta entre otros factores, la mano de obra directa y otros costos indirectos como local y maquinarias.

En esa estructura se reconoce un 12% adicional para salarios de administración, tecnología, depreciación, alquiler, gastos de representación, publicidad y salarios de vendedores y material de oficina, entre otros.

Una vez se reconocen estos costos, las empresas tienen hasta un  tope de 30% de ganancia.

La cadena de comercialización mantiene un margen de 54% repartido entre todos los sectores.

Es el consumidor final el que termina, como pasa en todas las economías, pagando los costos de un aumento de salario.

 Lo que busca el gobierno nacional con esa Ley de Precios Justos es regular los topes de ganancia, pero se trata de una normativa que revisa permanentemente los precios. 


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